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23/05/2025

Necesaria una reforma equilibrada sobre sobreventa de boletos: INIJA

Redacción A21 / Viernes, 23 Mayo 2025 - 01:00
El organismo recuerda que esta práctica se basa en el cálculo estadístico de que algunos pasajeros no se presentarán al embarque

Ante la discusión que se ha dado por el tema de la sobreventa de boletos de avión, es necesaria una reforma consensuada con todos los actores de la industria, “en la que se pueda encontrar un justo medio”, ya que el principal perjudicado siempre será el pasajero, externó Pablo CasasLías, director del Instituto Nacional de Investigaciones Jurídico-Aeronáuticas (INIJA).

A través de un comunicado, el abogado especialista en temas de aviación explicó que, ante la necesidad real de los operadores aéreos de maximizar sus operaciones, deben encontrar la forma de solventar esa asimetría, sin poner a ninguna de las partes, “el pie en el cuello”.

Recordó que la sobreventa de vuelos es una práctica legal y común en la industria de la aviación, que consiste en vender más boletos de los que hay disponibles en un vuelo.

Esta práctica se basa en el cálculo estadístico de que algunos pasajeros no se presentarán al embarque debido a cancelaciones de último minuto, cambios de planes o conexiones perdidas, permitiendo a las aerolíneas maximizar la ocupación de sus vuelos y reducir pérdidas económicas.

“Se supone que está permitido sobrevender hasta 5% de los asientos disponibles en un avión. La realidad es que no hay norma expresa en la Ley que autorice la sobreventa, pero partiendo del principio jurídico de que ´lo que no está prohibido, está permitido”.

“Aunado a que la ley prevé sanciones y/o compensaciones para el caso de denegar el embarque a un pasajero por sobrecupo del avión, es un hecho que la sobreventa, tácitamente es permitida”, puntualizó.

Esta práctica es particularmente importante en un mercado altamente competitivo y con márgenes de ganancia ajustados.

Sin embargo, destacó que este proceso puede causar inconvenientes significativos a los pasajeros, por lo que deben existir regulaciones para proteger sus derechos, así como, para evitar el abuso de las aerolíneas.

Indicó que ante el abuso de esa práctica, algunos países han creado leyes para regular la sobreventa y proteger al pasajero. Esto se da hacia destinos de alta demanda y se agudiza en temporadas altas.

CasasLías externó que La Asociación de Transporte Aéreo Internacional (IATA), considera que la afectación de pasajeros por el “overbooking” (sobreventa) es mínima, incidiendo apenas en 0.1% de ellos.

El director del INIJA mencionó que en conferencia de matutina de la Presidenta Claudia Sheinbaum del lunes pasado, se señaló la necesidad de revisar lo relacionado a la sobreventa de boletos por parte de las aerolíneas.

Al respecto, explicó, que el artículo 52 de la Ley de Aviación Civil (LAC), establece que “cuando se hayan expedido boletos en exceso a la capacidad disponible de la aeronave y se tenga por consecuencia la denegación del embarque, el propio concesionario o permisionario, a elección del pasajero, deberá reintegrar el precio del boleto de pasaje o la proporción que corresponda a la parte no realizada del viaje.

“Ofrecerle, con todos los medios a su alcance, transporte sustituto en el primer vuelo disponible y proporcionarle, como mínimo y sin cargo, los servicios de comunicación telefónica o cablegráfica al punto de destino; alimentos de conformidad con el tiempo de espera que medie hasta el embarque en otro vuelo; alojamiento en hotel del aeropuerto o de la ciudad cuando se requiera pernocta y, en este último caso, transporte terrestre desde y hacia el aeropuerto o transportarle en la fecha posterior que convenga al mismo pasajero hacia el destino respecto del cual se denegó el embarque”, indicó.

En los casos de las fracciones sobre la reintegración el precio del boleto y de la transportación a la fecha posterior, el concesionario o permisionario deberá cubrir, además, una indemnización al pasajero afectado que no será inferior al 25% del precio del boleto o billete de pasaje o de la parte no realizada del viaje.

Propuesta en la Cámara de Diputados

CasasLías dijo que actualmente, se encuentran en la Comisión de Infraestructura y Transportes de la Cámara de Diputados, dos propuestas de reforma a la Ley de Aviación Civil promovidas por los partidos Morena y Verde Ecologista, particularmente, a los artículos 49 y 52 en el párrafo cuarto. Fracciones I y II del artículo 52. Adiciona el Art. 52 Ter, así como, la fracción XX al artículo 87.

En esencia, añadió, las propuestas proponen, entre otros desmesurados aspectos, los siguientes, un incremento de 25% al 35% de la indemnización respectiva que se debe pagar al pasajero.

Además de sugerir la compensación de 100% del costo total del boleto, en efectivo. Sin que el reembolso pueda ser en crédito, parcialidades, tarjetas de regalo, monederos electrónicos, bonificaciones, reimpresión de otro boleto, descuentos, puntos y/o cualquier otro tipo de pago.

Además, prohíbe la emisión y comercialización de boletos que supere la capacidad máxima disponible de las aeronaves, en vuelos nacionales.

También se incluye una multa progresiva, donde, explicó, en la primera infracción a la norma, habría una multa de 500 UMAs (Unidad de Medida y Actualización), en la segunda, por reincidencia 1,500 UMAs y, en la tercera, 5,000 UMAs, monto que quedaría fijo para siguientes infracciones, además de una amonestación a la línea aérea.

También se busca que en el Contrato de Transporte/Boleto, debe contener la leyenda de que está prohibida la sobreventa y que las aerolíneas estarían obligadas a garantizar la reubicación inmediata del pasajero en otros vuelos, incluso, si son operados por otras compañías.

“La realidad es que, la sobreventa/overbooking de boletos es un mal necesario”, dijo el abogado.

Comentó que desafortunadamente, las aerolíneas abusan indiscreta e impunemente de ella. No hay mecanismos para que la Agencia Federal de Aviación Civil (AFAC) y la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO), supervisen ese 5% supuestamente autorizado.

Por ello, dijo, es necesaria una reforma consensuada con todos los actores de la industria.  

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